Trescientos trece (313) funcionarios y funcionarias de nuestra institución son quienes postularán al Hito contemplado en el Proceso de Encasillamiento derivado del DFL 35. Todos ellos poseen más de cinco años de antigüedad en la institución, habiendo personas que vienen desde los inicios del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. No obstante, dieciocho de ellas tienen una permanencia anterior al 23 de agosto de 2003 –fecha en que se creó el ya mencionado Consejo– , antigüedad que la autoridad de este Ministerio no está reconociendo, pues da por sentado que todos los funcionarios y funcionarias del Servicio remiten su antigüedad al día de creación del ex Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.
En el contexto actual, la institución desconoce el hecho que por decreto, estas personas venían traspasada desde otras reparticiones del Estado abocadas al desarrollo cultural y que en su momento pasaron a constituir el anterior CNCA. Este contingente, que en algunos casos se remontan a los últimos años de la década de 1980, necesita se formalice la contabilización de todos sus años de desempeño público en Cultura pues, como ya sabemos, la antigüedad en el Servicio es un criterio que suma puntaje en el proceso de encasillamiento.
Por lo anteriormente expuesto, AFUCAP ha solicitado a la autoridad revisar y reconsidere los 18 casos, aplicando el dictamen N° 025981N95 de la Contraloría General de la República que, con fecha 24 de agosto de 1995, se pronunció favorablemente sobre un caso similar en Gendarmería de Chile. Del mismo, AFUCAP recuerda a la autoridad del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que la documentación legislativa y administrativa -entiéndase artículos transitorios de la ley 19.891 y el anterior –DFL3— también reconoce la continuidad y antigüedad de las dieciocho personas afectadas.
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