Resolución N° 237

Como AFUCAP la rechazamos en su momento, por las irregularidades y vacíos que se ratifican en ella. Sus considerando, citan el instructivo de Buenas Prácticas del gobierno anterior, y además argumentan como antecedentes la mención a “estrategias solidas y sostenibles para elevar la calidad del empleo público”, declaración que sólo se puede entender como una mala broma, sobre lo que buscan para nosotros.

Porcentajes en los criterios: Evaluación del Desempeño (10%), Prioridad de la Jefatura (10%), al mismo nivel ambos; Competencia e idoneidad para el desempeño del cargo (10%) y Paridad de funciones y remuneraciones dentro de mismo equipo de trabajo (15%), en resumen, casi el 50% de la calificación depende de la Jefatura y SEREMI. ¿De qué objetividad nos hablan, entonces?

Lo que hacen con nuestras compañeras y compañeros a punto de jubilar, sometiéndolos nuevamente a la exposición, la competencia y la tensión, nos parece no solo injusta sino irregular. Aun cuando le asignan a esta condición el 10% de la nota.

¿Quién entiende como objetivo un criterio denominado “Prioridades Jefaturas de Departamento” cuya glosa es “Evaluación del Jefe de Departamento”, así sin más explicación?, solo Las Jefaturas y el Subsecretario, creadores del proceso. Esto solo puede ser entendido, desde la posición de poder en la que están, que no tiene consideración con las condiciones en que trabajan las personas, comunes y corrientes, que tienen el compromiso y la dedicación como único argumento para conseguir una promoción.

No, no podemos validarla.

Revísa acá la Resolución 237

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